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Dentro del proceso de planificación que debe preceder a la puesta en marcha de una nueva empresa, no sólo deben contemplarse las obligaciones a las que los promotores habrán de hacer frente para su constitución, sino también aquéllas que van a surgir como consecuencia del inicio y desarrollo de su actividad.
Llevar una contabilidad de acuerdo con lo establecido por el Código de Comercio, cumplir determinados requisitos en la contratación del personal y en la relación laboral que se inicia a partir de ese momento, presentar las correspondientes declaraciones de impuestos, etc., constituyen obligaciones que afectan a la empresa y que es preciso tener en cuenta antes de que ésta inicie su actividad. |